miércoles, 9 de abril de 2014

Intervención psicoterapéutica en casos de violencia.

      Doble victimización. El proceso primario de victimización es el que lleva el victimario directo sobre la víctima en su persona, su moralidad, sus bienes, etc; sin embargo, cuando la víctima denunciaba durante el proceso judicial ésta era nuevamente victimizada por el personal de las diversas instituciones, las cuales aun cuando tenían los servicios de atención primaria carecían de la sensibilidad para un adecuado trato a las víctimas. En la mayoría de los casos, aparte de un trato grosero se les hacía sentir culpables del delito que el victimario había realizado en ellas sobre todo en las víctimas de delitos sexuales.
   
      Nota: El caso de las víctimas de fraude es muy curioso a nivel denuncia y éste generalmente no es denunciado ya que la víctima tiene un grado de participación en dicho delito.
   Dependiendo el tipo de delito y el tipo de daño las agencias especializadas tienen generalmente los siguientes servicios:

·         Patrocinio u orientación legal: el patrocinio legal es cuando el Estado te ofrece un abogado y la orientación legal es cuando te dicen donde debes denunciar.

·         Atención psicológica:
-       apoyo psicoterapéutico o intervención en crisis
-       evaluación psicológica (daño)

·         Dictámenes victimológicos.

·         Atención médica: daños físicos, evaluación de lesiones (la pide el juez para la prevención del delito) y si lo requiere toma de muestras; en algunas ofrecen el servicio de psiquiatría.


·         Servicio de albergue: para violencia intrafamiliar la madre y los hijos.
    

                                                      Derechos de las víctimas

    Las víctimas tienen derecho a:
  • Recibir asesoría jurídica
  • A que se le repare el daño (el victimario paga las consecuencias y gastos del daño o compensación)
  • Coadyuvar con el fiscal (antes ministerio público)
  • Que se brinde atención médica cuando lo requiere
  • Comparecer en las audiencias y manifestar lo que a su derecho conveng
  • Ser atendido en los centros especializados
  • Formular querella o denuncia
  • A otorgar el perdón si así lo deseaba sin ningún tipo de presión

Dictamen victimológico
       Ficha de identificación.

       Nombre
       Edad
       Lugar de nacimiento
       Grado de estudios

      Características de la víctima.

      Antecedentes familiares.

     Antecedentes de relaciones interpersonales.
    
     Descripción de los hechos.

     Relación con los hechos. (Esquema)

    ¿Qué tipología cubre ella desde Mendelsshon y Henting?
      Clasificación de Mendelsshon:
      Clasificación de Henting:
     
      Grado de peligrosidad del victimario.

No hay comentarios:

Publicar un comentario